RECURSO REPOSICIÓN MATERIA EXTRANJERÍA

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Disponibilidad: 30 disponibles

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RECURSO DE REPOSICIÓN EN MATERIA DE EXTRANJERÍA

 

¿Qué es?

El recurso de reposición es un recurso administrativo potestativo que se interpone contra la resolución desfavorable emitida por la Oficina de Extranjería en relación con la solicitud presentada.

Es un recurso voluntario, su interposición no es obligatoria de cara a una reclamación judicial posterior. Es decir, puedes acudir directamente a la vía judicial si lo prefieres.

El recurso de reposición se presenta ante el mismo órgano administrativo que dictó la resolución, es decir, se presenta ante la Oficina de Extranjería, con el objetivo de solicitar una revisión de dicha resolución. Dicho organismo tiene el plazo de un mes para resolver.

El plazo para interponer el recurso de reposición es de un mes a contar a partir del día siguiente a la notificación de la resolución. Este plazo es de carácter general y puede estar sujeto a excepciones y particularidades según el caso específico.

Si quieres recurrir, pero se te ha pasado el plazo para hacerlo únicamente podrás interponer un recurso contencioso-administrativo, esto es interponer una demanda ante el Juzgado.

Por otro lado, si no tienes una resolución expedida por la Oficina de Extranjería y ha pasado el plazo legal para que esta responda y no lo ha hecho, podrás interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto (desestimación por silencio administrativo).

El recurso de reposición debe estar debidamente fundamentado, indicando los motivos y fundamentos jurídicos que sustentan la impugnación. Además, se deben aportar los documentos y pruebas necesarias que respalden los argumentos presentados.

Una vez presentado el recurso de reposición, la Oficina de Extranjería realizará una revisión exhaustiva de los argumentos expuestos, así como de la documentación aportada. Posteriormente, emitirá una resolución que puede confirmar la decisión inicial, modificarla o revocarla en favor del interesado.

En caso de que el recurso de reposición sea desestimado, aún podrás ejercer otros medios de impugnación, como el recurso contencioso-administrativo, para someter la decisión administrativa a un tribunal judicial.

En resumen, el recurso de reposición en materia de extranjería, brinda a las personas extranjeras la oportunidad de impugnar la resolución desestimatoria relacionado con su solicitud de residencia y/o trabajo en materia de extranjería. Es un mecanismo legal para defender los derechos e intereses de los afectados y buscar una solución justa en el marco del procedimiento administrativo.

 

¿Qué incluye?

Nuestros servicios incluyen únicamente las siguientes actuaciones:

  • Una (1) video llamada con el gestor para exponer el caso.
  • Estudio del asunto, de su viabilidad y asesoramiento al respecto.
  • Revisión del expediente presentado. Es responsabilidad del cliente facilitarnos este.
  • Redacción y presentación telemática del recurso. Será responsabilidad del cliente facilitarnos los documentos que le solicitemos.
  • Remisión justificante de presentación a tu correo electrónico.
  • Seguimiento del expediente.
  • Somos los destinatarios de la resolución, la cual te haremos llegar por correo electrónico. Es responsabilidad del cliente mantener actualizados sus datos de contacto, en concreto su correo electrónico.

Una vez notificada la resolución por parte de la Oficina de Extranjería nuestros servicios finalizan.

 

¿Qué cuesta?

726€ IVA incluido.

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