¿Qué requisitos debo cumplir?
La autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena podrá ser solicitada si se cumplen los siguientes requisitos:
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, o familiar.
- No encontrarse irregularmente en territorio español.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No tener prohibida la entrada en España.
- No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.
- Abonar las tasas.
- Que la situación nacional de empleo permita la contratación.
- Presentar un contrato firmado por el empleador y trabajador.
- Las condiciones fijadas en el contrato de trabajo deben ajustarse a las establecidas por la normativa vigente.
- El empleador solicitante deberá estar inscrito en el régimen del sistema de Seguridad Social y encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- El empleador deberá contar con medios económicos, materiales o personales suficientes para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato frente al trabajador.
- Poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
¿Qué documentación necesito?
Documentación referida al trabajador:
- Formulario (EX–03) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por la empresa que contrata.
- Copia completa del pasaporte en vigor.
- Copia de la documentación que acredite poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
Documentación referida a la empresa, excepto servicio doméstico:
- Documentación que identifique a la empresa que solicita la autorización:
- Si se trata de un empresario individual: copia del NIF ó NIE.
- Si se trata de una persona jurídica (S.A., S.L., Cooperativa, etc.):
- CIF de la empresa y copia de la escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro correspondiente.
- Copia del documento público que acredite que el firmante de la solicitud de autorización ostenta la representación legal de la empresa.
- Fotocopia del NIF o NIE administrador de la empresa.
- Contrato de trabajo firmado.
- Documentación acreditativa de concurrir algún supuesto de no consideración de la situación nacional de empleo.
- Acreditación de que la empresa puede garantizar la solvencia necesaria, a través de: copia de la declaración del IRPF, o del IVA, o del Impuesto de Sociedades o del informe de la vida laboral de la empresa (VILE), referido a los últimos tres años. Asimismo, debe aportarse una memoria descriptiva de la ocupación a realizar.
Documentación del empleador si la actividad es servicio doméstico:
- Copia del NIF ó NIE del empleador.
- Contrato de trabajo firmado.
- Documentación acreditativa de no tener en cuenta la situación nacional de empleo.
- Copia de la última declaración del IRPF o certificación de los ingresos emitida por la Administración Tributaria u otra documentación que acredite solvencia suficiente para la contratación.
Finalmente, todo documento público extranjero deberá estar legalizado o apostillado y traducido. La traducción debe estar también apostillada salvo si el traductor está homologado por el Gobierno español.
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