¿CÓMO TARIFICAMOS NUESTROS HONORARIOS?
1.- Por la tramitación del procedimiento de adopción de
medidas cautelares, se aplicará hasta el 30% de la Escala
sobre el interés económico de las medidas solicitadas, desde 900 €.
2.- En el caso de que la medida solicitada sea la anotación
preventiva de la demanda, con carácter general se tomará
como base la cuantía indeterminada, aplicando entre un
30% y un 100% del resultado de aplicar la Escala sobre
dicha cuantía.
Se entenderá que las Medidas solicitadas tienen cuantía
propia cuando se pueda inferir de los datos obrantes en el
procedimiento. A estos efectos, en el caso de la medida
cautelar de embargo de bienes se atenderá al importe de las
cantidades que se pretendan asegurar con la medida
solicitada.
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